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Son tumbes, no asignaciones (La USAID y Cuba)

Emilio Ichikawa.-- Alguna gente cree que en un cofre del gobierno norteamericano hay amontonados varios millones de dólares con un sello que dice: “Para democratizar a Cuba”. Y que ese dinero, que hoy le tocó a B, mañana le puede tocar a C. No es necesariamente así. El dinero hay que luchárselo a quien lo tiene: sea un garrotero, un banco o la USAID.

Si un proyecto para tumbar o apuntalar al gobierno cubano (hay de los dos tipos) se deshace, y no se argumenta bien ante el proveedor otro proyecto sobre Cuba, esos fondos pueden ir a parar a luchadores por la democracia y los derechos humanos en Timor Leste, Myanmar, Liberia, Sudán del Sur, Tailandia… nuestros verdaderos “países hermanos” en la perspectiva de Washington DC.

Los documentos recién obtenidos por el periodista y profesor Tracey Eaton ayudan a entender cómo es el proceso para el tumbe de fondos a la USAID; además de todas las emergencias que pueden presentarse durante el uso de los mismos en un país como Cuba.

Prosperó demanda del norteamericano Alan Gross contra empresa contratista de la USAID

El ciudadano norteamericano Alan Phillip Gross, condenado a 15 años de prisión en Cuba por delito de "Actos Contra la Independencia o la Integridad Territorial del Estado" cubano resolvió el jueves una demanda contra la compañía para la que trabajaba cuando fue arrestado, por no ser apropiadamente advertido ni preparado sobre los riesgos de trabajar en la Isla, informó AP.

Gross fue contratado por una empresa llamada 'Development Alternatives Inc. (DAI)' que, a su vez, tiene un contrato para implementar en Cuba varios programas subversivos promovidos por la agencia estadounidense de ayuda al desarrollo (USAID).

EEUU ni sabe cómo la USAID gasta sus millones en Cuba

Estados Unidos gastó 205 millones de dólares desde 1996 en los programas subversion y desestabilización en Cuba, pero el Departamento de Estado aún tiene que mejorar sus controles internos sobre cómo se gasta el dinero, recomendó este jueves la Contraloría del Congreso, reporta EFE.

Esos programas han sido objeto de polémica tras la detención en diciembre de 2009 y posterior condena del agente USAID Alan Gross en Cuba, condenado por haber introducido en Cuba material de comunicación de uso militar a fines de espionaje e injerencia.

El informe de este año fue solicitado por la oficina del entonces senador demócrata John Kerry, que desde el pasado lunes es el nuevo secretario de Estado.

“Los riesgos de seguridad y los desafíos relacionados con la entrega de ayuda (a Cuba) persisten”, explicó el informe.

La Contraloría, que mandó a funcionarios a La Habana para revisar el desempeño de la Sección de Intereses, identifica a 22 contratistas que han desarrollado actividades relacionadas con la isla, ya sea a través de personal propio o de subcontrastistas, como fue el caso de Gross.

El informe sugiere al Departamento de Estado que implemente reglas claras para” guiar a los subcontratistas en su trabajo” en una isla que “continúa planteando sustanciales desafíos para la asistencia estadounidense”.

“Nuestros programas en Cuba son comparables a lo que nosotros y otros donantes hacen en todo el mundo”, declaró a la AFP vía telefónica Mark Lopes, subadministrador adjunto de USAID para América Latina y el Caribe.

Tanto Gross, que cumple 15 años de cárcel en la isla, como su esposa Judith han interpuesto una querella contra la USAID-DAI por no advertirlo de los riesgos que corría al violar las leyes cubanas, similares en el tópico a las de Estados Unidos.

La USAID, a menudo calificada de fachada de la CIA, se ha visto implicada recientemente en un otro escándalo de corrupción tras publicarse los datos de una investigación al respecto.

El Departamento de Justicia estadounidense está investigando una posible manipulación de las licitaciones y admite que puede tratarse de una red de corrupción. Se investiga a la consejera general, Lisa Gomer, que supuestamente amañó contratos para beneficiar a otro responsable de la agencia, David Ostermeyer, quien iba a retirarse.

La imagen de la USAID ya ha sufrido varios golpes después de verse inmersa en diferentes polémicas en varios países. Así, el pasado mes de septiembre Moscú informó a Washington de que debía cerrar su oficina en Rusia por desarrollar actividades en este país que no se correspondían con las que estaban previstas.

En verano de 2012, los Gobiernos de Ecuador, Nicaragua y Venezuela también pidieron la expulsión inmediata de la agencia de esos países por sospechas de injerencias en la soberanía nacional.

Además, en 2008 la USAID también fue expulsada de una zona central de Bolivia por promover presuntamente un golpe de Estado contra el Gobierno de Evo Morales.|Con informe de CONTRAINJERENCIA

La verdadera misión de Alan Gross en Cuba

El periodista Tracey Eaton ha publicado una investigación meticulosa sobre la verdadera historia detrás de Alan Gross, un agente contratado por Devolopment Alternatives Inc. para llevar a cabo un proyecto de la US-AID en Cuba. Gross fue detenido en La Habana hace tres años y una corte cubana lo condenó a 15 años de cárcel por poner en peligro la seguridad nacional de Cuba. El artículo fue publicado en inglés en el blog de Eaton.

El secreto, política en el corazón del proyecto Cuba

Por Tracey Eaton


Del memorándum de Alan Gross: Internet en una mochila
Funcionarios de EE.UU. subrayaron la importancia del secreto durante una reunión en 2008 con un contratista de Maryland que había sido elegido para llevar a cabo un proyecto de nueva democracia en Cuba, según un memorando confidencial memo (download 8-page document).

El proyecto no fue considerado clasificado, sin embargo, debido a que la Agencia de EE.UU. para el Desarrollo Internacional quería crear la ilusión de la transparencia.

Development Alternatives Inc., de Bethesda, Maryland, ganó el contrato de la USAID el 14 de agosto de 2008, y rápidamente contrató a Alan Gross, quien fue más tarde detenido en Cuba mientras estaba trabajando en el proyecto. DAI escribió el memo confidencial para  resumir lo que se dijo durante una reunión privada, el  26 de agosto 2008, con altos funcionarios de la USAID.

Durante la reunión, la DAI conoció que el gobierno de EE.UU. tenía  “de cinco a siete planes diferentes de transición” para Cuba. A DAI “no se le pediría escribir otro”.

En su lugar, el contratista debería llevar a cabo un audaz plan para establecer conexiones a Internet por satélite en las propias narices de los agentes de seguridad del Estado cubano.

La USAID se comprometió a proteger la identidad de los contratistas y sus asociados dentro y fuera de Cuba. “El programa no está presionando (y no presionará) a revelar redes”, decía el memo, que fue presentado por la DAI en una corte federal el 15 de enero como parte de su argumentación de una demanda de 60 millones dólares presentada por la familia Gross  en noviembre de 2012.

La nota destacó el carácter excepcional del programa de Cuba: El proyecto no se clasificó porque la  USAID quería enviar el mensaje de que este es un proceso transparente. Además, un proyecto clasificado impone exigencias de seguridad, cargas de documentación y retrasos en todos sus grupos de interés.

La USAID no quería retrasos y estaba ansioso por avanzar. La nota decía:
Este gobierno espera resultados inmediatos de este programa, definitivamente antes de mediados de enero.

Este plazo probablemente tuvo algo que ver con la salida de George W. Bush, un firme partidario de los programas de la USAID en Cuba, y la llegada de Barack Obama, quien prestó juramento el 20 de enero de 2009.

El memorando de la DAI resume el punto de vista de altos funcionarios de la USAID de las políticas en curso:
  • Este proyecto ha recibido y continuará garantizando  un intenso escrutinio político y  presión por los resultados y la integridad fiscal.
  • Los grupos destinatarios de las subvenciones son las ONG dispuestas a llegar a los agentes a favor de la democracia y el cambio en los derechos humanos humano y a aquellos cubanos que tienen una visión diferente de su país.
  • La USAID no le está diciendo a los cubanos cómo o por qué ellos necesitan  una transición democrática, sino más bien, la Agencia quiere ofrecerles  la tecnología y los medios para transmitir la chispa que podría beneficiar al pueblo.
  • Este proyecto va a ser difícil de implementar debido a que un “osificado” gobierno cubano impide el cambio, y porque la mayoría de los recursos del gobierno van hacia su policía y su maquinaria de  control.
  • El programa de Cuba atrae mucha atención y escrutinio por parte del Congreso de EE.UU., donde algunos apoyan y otros cuestionan las actividades existentes.
Hay, por supuesto, escepticismo sobre este proyecto, influyentes líderes políticos y cívicos tienen la percepción de que este programa está pagando demasiado por un trabajo que podría ser significativamente más barato a través de otro contrato u opciones de adjudicación.

El reto, decía la nota, podría ser encontrar “la creatividad para implementar este proyecto frente a  la oposición por parte del Estado cubano… protegiendo al mismo tiempo la seguridad de los participantes y de los agentes de cambio”.

El proyecto fue titulado “Programa Democracia en Cuba y Planificación de Contingencia” o CDCPP. El memorándum dio instrucciones explícitas sobre cómo debía ser descrita la iniciativa en caso de que cualquiera de los legisladores preguntara al respecto.

Explicación al Capitolio con respecto a CDCPP: empoderar a personas a favor de la democracia,  los derechos humanos y a aquellos que buscan visiones alternativas para la Isla. El programa busca ampliar el alcance de sus ideas y actividades, para construir y fortalecer redes y su capacidad para actuar, y para aumentar el flujo de comunicación hacia y alrededor de la isla.

Esa vaga descripción no dio pistas sobre la naturaleza clandestina del proyecto;  pero la nota de DAI fue clara:

CDCPP no es un proyecto analítico, es una actividad operacional. Se necesita la aprobación de la USAID. No podemos ser independientes.

El memo decía que la USAID escogió a la DAI debido, en parte, a su alcance internacional.
La USAID quisiera aprovechar la red global de contactos que la DAI tiene en términos de promoción de la democracia…

Los aviones que vuelan a Cuba desde Europa, América Central y el Caribe parecen “menos visibles”.
Las subvenciones a las ONGs  no estadounidenses “no tienen límite de financiación”, agregó la nota. Pero:

El aparato de seguridad cubano es muy fuerte;  por lo que las ONGs no estadounidenses deben ser investigadas.

La nota de la DAI explicaba lo que el contratista debía decir en respuesta a cualquier pregunta del público o de los medios de comunicación:

Sí, a nosotros nos han otorgado CDCPP y estamos trabajando con la USAID sobre los debates;  pero el proyecto no está en pleno funcionamiento todavía. Por favor, dirija otras preguntas a (censurada) de USAID.

El memo decía que la USAID destacó:

Nada en cualquier lugar.
La DAI dijo lo que esto significa:
No debemos poner nada en nuestro sitio ni emitir ningún comunicado de prensa sobre el contrato adjudicado.

La DAI terminó seleccionando a Gross  para manejar los “nuevos medios” -las conexiones a Internet por satélite-  descritas como “el componente más sensible en un proyecto muy sensible”.
Y durante cuatro viajes a Cuba, Gross estableció tres conexiones de Internet – una en La Habana, dos en las afueras de la capital.

La DAI le pagó $ 258.274 dólares. Él pidió más dinero para continuar con el proyecto y se le prometió $ 332.334 dólares, lo que habría llevado su subcontrato a un total de $ 590.608 dólares, muestra el memo fechado en Octubre de 2009.

A finales de noviembre de 2009, Gross regresó a Cuba por quinta vez. Las autoridades cubanas lo detuvieron el 3 de diciembre de 2009, y lo acusaron de crímenes contra el Estado socialista.

La Dai dijo que pagó a Gross “el monto total adeudado bajo el subcontrato por trabajos concluidos”.
Eso evidentemente significa que Gross habría tenido derecho a sólo $ 65,132.80 dólares. Eso llevaría sus pagos totales a $ 323,406.80 dólares, y no al monto total de $ 590.608 dólares que él podría haber recibido  si no hubiera sido detenido.

Gross  llamó a su esfuerzo “Para La Isla” – For The Island. De acuerdo con una propuesta (download 13-page document) que él  escribió después de sus primeros cuatro viajes a Cuba:

Los esfuerzos hasta la fecha bajo el Para-La-Isla (PLI) Piloto han sido enfocados en establecer y poner en funcionamiento 3 sitios en la isla a través de los cuales los miembros de los grupos designados tienen ahora mayor acceso a la información de la que tenían anteriormente.

Las actividades en apoyo de estos esfuerzos incluyen la selección, la configuración, la logística y el entrenamiento en el uso de tecnologías de la información  y la comunicación (TIC) específicas. Los objetivos primarios del Piloto se referían a  la eficacia de las tecnologías desplegadas y la demostración por parte del contratista de que estas tecnologías funcionaban.

En la nota del 17 de septiembre 2009, Gross propuso seis viajes adicionales a Cuba que su empresa llevaría a cabo del 1 de noviembre de 2009, al 31 de octubre de 2010.

La nota decía:
Las actividades desarrolladas inicialmente en virtud de este piloto en el primer sitio en la ciudad capital han sido reproducidas  y ampliadas a otros dos miembros del grupo identificado en las provincias. Estas actividades pueden ser ampliadas a otros grupos objetivos identificados.

Eso probablemente significa que Gross y DAI habían previsto tomar el programa más allá de la comunidad judía donde Gross instaló su primera conexión a Internet.

Gross había suministrado a sus colaboradores cubanos con equipos de Banda Ancha Global Area Network, BGAN, para abreviar. El equipo, que cabe en una mochila, puede ser utilizado para establecer una conexión de banda ancha a Internet desde cualquier lugar del mundo. Los usuarios también pueden hacer llamadas telefónicas, enviar mensajes de correo electrónico y configurar una red Wi-Fi.

Durante las visitas de seguimiento, Gross quería conocer  como los cubanos estaban usando el equipo BGAN, aumentar el número de usuarios en cada sitio y aumentar la seguridad para que no pudieran ser capturados.

Él consideró “altamente probable” que agentes de la seguridad del Estado podrían detectar las conexiones por satélite en las provincias. Él escribió:

La actividad de Radio Frecuencia (RF) en la ciudad capital es más difícil de controlar que en las provincias, debido a  un nivel ya existente de congestión de RF (por ejemplo, desde el gobierno, los sitios comerciales, las embajadas, etc.) Por lo tanto, la vigilancia y la detección del uso de las TICs  es menos probable que ocurra en la ciudad capital. Por el contrario, y porque hay poca congestión RF en las provincias, la vigilancia y la detección de los dispositivos de las TIC es muy probable.

Incluso el uso limitado de BGANs y de redes inalámbricas serán  supervisadas y detectadas porque los técnicos del gobierno de la Isla rutinariamente “olfatean” los barrios con sus dispositivos de mano en busca de ham-radio y antenas parabólicas. Mientras que las redes inalámbricas para computadoras (intranet) no parecen  susceptibles de causar ningún problema si se detectan, el descubrimiento del uso de BGAN para acceso a Internet podría ser catastrófico.

Gross planificó instalar tarjetas SIM especiales en los tres sistemas BGAN que habrían desactivado  su función de seguimiento GPS y las haría más difíciles de detectar. Él escribió:

Con el fin de mejorar y completar las tácticas de seguridad y protocolos ya existentes, el contratista usará una tarjeta SIM alternativa,  llamada tarjeta SIM “discreta”, la cual incrementará el nivel de seguridad técnica  con cada uno de los 3 BGANs desplegados. Las tarjetas SIM “Discretas” impiden la capacidad de vigilar o detectar aspectos específicos de las transmisiones de las señales no-terrestres transmitidas, respecto a la ubicación y la identificación IP de la transmisión. Esto se logra mediante:
  • Enmascaramiento de la dirección IP del BGAN, en caso de que alguna entidad sea capaz de “hackear” en la transmisión en cualquier extremo, y
  • Enmascaramiento de la señal de manera que su ubicación GPS no se pueda establecer claramente dentro de 400 km.
Durante los últimos tres de los seis viajes que Gross planificó, él tenía la esperanza de suministrar “hasta un máximo de tres posibles nuevos sitios para grupos objetivos”, con lo que él describió como “Telco-in-a-Bag”.

Él escribió:
Los Beneficiarios utilizarán  este equipo para apoyar las actividades que sean compatibles con el programa CDP. Una configuración estándar incluirá:
  • Hardware y software (por ejemplo, ordenadores, módems)
  • Dispositivos de distribución de contenido (por ejemplo, iPods, unidades flash, teléfonos inteligentes)
  • Activación y Servicio (BGAN y móvil)
  • Instalación
  • Capacitación en el uso de este equipo será similar a los primeros 3 lugares (excluyendo capacitación sobre Ruckus Wireless equipo)
  • Soporte Técnico Local que debe proporcionar el personal contratista local para la resolución de problemas, asistencia técnica, mantenimiento, etc
  • Accesorios
  • Esquema
Gross dijo que cada “Telco-In-A-Bag” incluiría:
  • Desbloqueado SmartPhones
  • Tarjeta Sim
  • 2 GB de expansión de la Tarjeta Memoria Mini SD
  • iPod 120 GB
  • Cable compuesto AV para usar con iPod y TV
  • Modulador RF para TVs, Cable Coaxial
  • BGAN satélite módem (1 T & T, 2 Nera)
  • Tarjeta Sim BGAN Discreta
  • Router inalámbrico
  • Switch
  • MacBook
  • Backpack
  • Protector contra sobretensiones (3 tomas) y adaptadores
  • Polycom Communicator para Notebook
  • Disco duro externo WD, 500 GB
  • Memoria Flash USB (4GB Flash Drive) “
La nota dice que Gross y la DAI podrían alcanzar “un acuerdo amistoso sobre cómo resolver o liquidar“cualquier diferencia” si  fuerzas fuera de su control impidieran la finalización del proyecto.
Pero no hubo acuerdo amistoso después que Gross fue arrestado y Gross y su esposa, Judy, demandaron  a la DAI y a la USAID.

El 15 de enero, la DAI solicitó a un juez federal que desestimara la demanda. Los abogados de DAI escribieron (download 57-page document):

El gobierno cubano, censurablemente, ha tratado de manipular la detención del Sr. Gross para fortalecer su posición en las relaciones con los Estados Unidos. Esto ha incluido  la búsqueda de un cambio de la liberación del Sr. Gross por la  liberación por parte del gobierno de EE.UU. de cinco espías Cubanos. Como congresista Ileana Ros-Lehtinen, observó, “[l] a dictadura cubana está claramente utilizando al Sr. Gross para reforzar su control sobre el poder y ganar influencia con los Estados Unidos”.

En este contexto, los demandantes han presentado la actual demanda de responsabilidad civil por daños y perjuicios monetarios a los demandados. La premisa fundamental de la demanda es que los demandantes pueden presentar demandas por agravios contra los demandados con base en el daño trágico que se ha abatido sobre el Sr. Gross.

Esta premisa es errónea. Las alegaciones de los demandantes están inextricablemente entrelazadas con las leyes federales y las políticas que los demandantes BAR reclamaciones y tampoco estableció un caso en que la Corte puede otorgar alivio. Las reclamaciones de los demandantes deben  ser desestimadas  por ocho razones distintas, cualquiera de las cuales podría justificar el despido.

Los abogados de DAI – Steven J. Weber, Sarah M. Graves y Matthew J. Gaziano – también dijeron que la compañía no tenía el deber de proteger a Gross. Dijeron que él era un contratista independiente que debería haber hecho más para evitar el arresto.

Ellos escribieron:
… el Subcontrato explícitamente establece que “[é] l Subcontratista deberá tomar todas las precauciones razonables para evitar el daño, la lesión o la pérdida a todas las personas que realizan servicios, al Trabajo, a todos los materiales y equipos utilizados en el mismo, y a todos los demás bienes en el lugar del Trabajo y adyacentes.”  § 7.3. Así, § 410 es inaplicable de este lado  y la regla general de limitar  la responsabilidad a los empleados de contratistas independientes debería  prevalecer.

En suma, la DAI no tenía la obligación de proteger el Sr. Gross del tipo de lesión que sufrió, y ninguna excepción a esta regla es aplicable dada su admitido estatus como un empleado de un contratista independiente. Aún si su lesión era previsible,  es una cuestión que de hecho no cambia este análisis.
El gobierno cubano – no DAI – es  en última instancia el culpable por cualquier daño hecho a Gross y su esposa, dijeron  los abogados del contratista.

La DAI lamenta profundamente que el Sr. y la Sra. Gross hayan sufrido daños debido a las acciones del gobierno de Cuba mientras Gross estaba llevando a cabo actividades en Cuba para promover la política exterior del gobierno de los Estados Unidos de América. Por las razones antes expuestas, por tanto,  la demanda contra la DAI, debe desestimarse en su integridad y con prejuicios. |HAVANA TIMES

Washington, La Habana y el caso Alan Gross


El caso de Gross arroja luz sobre un aspecto de la política exterior estadounidense hacia Cuba, que consiste en financiar abiertamente a la oposición interna, frena los intentos timoratos de aproximación entre las dos capitales: "Le Monde Diplomatique"


Salim Lamrani .- Desde el 3 de diciembre de 2009, el caso Alan Gross aviva las tensiones entre Washington y La Habana. Las relaciones son conflictivas desde hace más de medio siglo entre Cuba y Estados Unidos, y alcanzaron un punto de tensión extrema bajo la presidencia de George W. Bush. La llegada al poder de Barack Obama en 2008 ha acarreado una leve flexibilidad de las restricciones que había impuesto la precedente administración republicana, sin llegar no obstante al nivel de acercamiento que hubo bajo el gobierno de William Clinton entre 1996 y 2000. Ahora los cubanos de Estados Unidos pueden viajar a su país de origen sin limitaciones, en vez de los catorce días cada tres años impuestos por Bush como fue el caso entre 2004 y 2009. Del mismo modo, la Casa Blanca se ha mostrado más tolerante con respecto a los intercambios académicos, culturales y religiosos entre las dos naciones. Pero el caso de Gross, que arroja luz sobre un aspecto de la política exterior estadounidense hacia Cuba, que consiste en financiar abiertamente a la oposición interna, frena los intentos timoratos de aproximación entre las dos capitales. Como ha recordado el Departamento de Estado estadounidense, “la detención de Alan Gross constituye un obstáculo principal para la continuación del diálogo entre nuestros dos países”.1

¿Quién es Alan Gross?

Alan Gross es un ciudadano estadounidense de Potomac, Maryland, de confesión judía, de 61 años, que trabaja para el gobierno de Estados Unidos. Es un empleado de la Development Alternative, Inc (DAI), subcontratista de la Agencia Estadounidense para el Desarrollo Internacional (USAID), la cual a su vez depende del Departamento de Estado. En diciembre de 2009, cuando Gross estaba a punto de salir de Cuba con una simple visa turística –en lo que constituía entonces su quinto viaje del año– los servicios de seguridad lo detuvieron en el aeropuerto internacional de La Habana. Una investigación había permitido establecer vínculos estrechos entre él y la oposición interna al gobierno cubano, a la cual distribuía computadoras portátiles y teléfonos satelitales, en el marco de un programa del Departamento de Estado de “promoción de la democracia en Cuba”.2
Experto en tecnología de comunicación de larga distancia, Gross dispone de una gran experiencia en este campo. Ha trabajado en más de cincuenta naciones y ha elaborado sistemas satelitales de comunicación durante las intervenciones militares estadounidenses en Irak y Afganistán para eludir los canales controlados por las autoridades locales.3
La posesión de un teléfono satelital está rigurosamente prohibida en Cuba por razones de seguridad nacional. En efecto, además de evadir todo control de las autoridades locales, este aparato electrónico, cuyo precio oscila entre 1.500 € y 5.000 € por unidad, permite también transmitir datos para coordinar un ataque aéreo, en un país víctima de numerosos atentados terroristas –cerca de 6.000 en total, los más recientes en 1997– y bombardeos aéreos desde 1959. Por otra parte, el sector de las telecomunicaciones es un monopolio del Estado en Cuba y está prohibida cualquier competencia.4

¿Ayuda a la comunidad judía de Cuba?

El Departamento de Estado estadounidense, que exige la liberación del detenido, afirma que “Gross trabaja para el desarrollo internacional y viajó a Cuba para ayudar a los miembros de la comunidad judía de La Habana a conectarse con otras comunidades judías del mundo”. Según Washington, las actividades de Gross eran legítimas y no han violado la legislación cubana.5
En octubre de 2010, con ocasión de la reunión anual de la Asamblea General de las Naciones Unidas, Arturo Valenzuela, secretario de Estado asistente para los Asuntos Interamericanos, se entrevistó con Bruno Rodríguez, ministro cubano de Relaciones Exteriores, a propósito de Gross. Se trataba entonces del más importante encuentro diplomático entre representantes de ambas naciones desde el inicio de la era Obama.6
La familia de Alan Gross también aseguró que sus frecuentes viajes a la isla se destinaban a permitir que la comunidad judía de La Habana pudiera conseguir acceso Internet para poder comunicarse con los judíos del mundo entero.7 Su abogado Peter J Kahn ratificó esas palabras: “Su labor en Cuba no tenía nada que ver con la política, sino que simplemente se proponía ayudar a mejorar la vida de los miembros de la pequeña, pacífica y no disidente comunidad judía en ese país”.8
No obstante, la misma comunidad judía de La Habana contradice la versión oficial de Estados Unidos y de la familia Gross. En efecto, la comunidad afirma que no conoce a Alan Gross y que nunca se ha reunido con él a pesar de sus cinco estancias en Cuba en 2010. Adela Dworin, presidenta del Templo Beth Shalom, rechazó las afirmaciones de Washington: Es lamentable […].Lo más triste es que se haya querido involucrar a la comunidad judía en Cuba, que es totalmente ajena”. Por su parte Mayra Levy, portavoz del Centro Hebraico Sefardí, aseguró que ignoraba quién era Gross y que éste jamás se había presentado a su institución. La Agencia estadounidense Associated Press señala por su parte que los líderes de la comunidad judía de Cuba negaron que el contratista estadounidense Alan Gross […] hubiera colaborado con ellos”. Del mismo modo, la Agencia Telegráfica Judía precisa que “los principales grupos judíos de Cuba han desmentido cualquier contacto con Alan Gross y cualquier conocimiento de su programa”.10
El reverendo Odén Marichal, secretario del Consejo de Iglesias de Cuba (CIC), que agrupa las instituciones religiosas cristianas así como a la comunidad judía de Cuba, ha ratificado esta posición durante una reunión con Peter Brennan, coordinador de los Asuntos Cubanos en el Departamento de Estado. Con ocasión de la Asamblea general de las Iglesias de Cristo de Estados Unidos en Washington, en noviembre de 2010, el líder religioso refutó las alegaciones de Gross. Lo que sí dejamos bien claro es que la comunidad hebrea de Cuba, que es miembro del Consejo de Iglesias de Cuba, nos dijeron: ‘Nosotros jamás tuvimos relación con ese señor, jamás nos trajo equipo de ninguna clase. Negaron cualquier relación con Alan Gross'”.11
La secretaria de Estado Hillary Clinton intentó movilizar a la comunidad judía de Estados Unidos a favor de Gross: “Lanzo un llamado a la comunidad judía activa de nuestro país para que se una a esta causa”. Pero las iniciativas de la secretaria de Estado han encontrado poco eco entre los líderes hebreos de Estados Unidos. Un año después de su detención, ninguna organización religiosa judía estadounidense se ha involucrado en este caso.12
En efecto, la pequeña comunidad judía cubana, lejos de estar aislada, está perfectamente integrada en la sociedad y mantiene las mejores relaciones con las autoridades políticas de la isla. Fidel Castro, aunque se muestra sumamente crítico con respecto a la política israelí en los territorios ocupados, declaró al periodista estadounidense Jeffrey Goldberg que “nadie ha[bía] sido tan difamado como los judíos” en la historia. “Fueron rechazados de su tierra, perseguidos y maltratados en todo el mundo. Los judíos tuvieron una existencia mucho más dura que la nuestra. No hay nada que pueda compararse con el Holocausto”, añadió.13
El presidente cubano Raúl Castro participó en la ceremonia religiosa de Hanuka –Fiesta de las Luces– en la sinagoga Shalom de La Habana en diciembre de 2010, la cual se transmitió en vivo por la televisión cubana y fue primera plana del diario Granma. Aprovechó la ocasión para saludar a “la comunidad hebrea de Cuba y la fabulosa historia del pueblo hebreo”.14
Por otra parte, la comunidad judía cubana dispone de todas las facilidades tecnológicas necesarias para comunicarse con el resto del mundo, gracias a la ayuda que proporcionan otras entidades judías internacionales tales como el Benai Brith and the Cuban Jewish Relief Project, el Canadian Jewish Congress (CJC), la World ORT, el Joint Distribution Committee (JDC) o el United Jewish Committee (UJC), con el acuerdo de las autoridades cubanas.15
Arturo López-Levy, secretario de Bnai Brith en la Comunidad Judía Cubana entre 1999 y 2001 y actualmente profesor de la Universidad de Denver, se muestra también escéptico a propósito de la versión estadounidense sobre el caso Gross. Al respecto, afirma lo siguiente:
“Gross no fue arrestado porque sea judío ni por sus supuestas actividades de ayuda tecnológica a la comunidad judía cubana, que ya disponía de un laboratorio informático, de correos electrónicos y de acceso a Internet antes de su llegada a La Habana.
[Los judíos de Cuba] no se reúnen en una sinagoga para conspirar con la oposición política pues ello pondría en peligro la cooperación con el gobierno que es necesaria para las actividades como el programa de emigración a Israel, el proyecto de Derecho de Nacimiento, mediante el cual jóvenes judíos cubanos viajan a Israel cada año, o para tratar de la ayuda humanitaria. Para proteger lo más importante, se apartan todo lo posible de los programas de injerencia política estadounidenses en los asuntos internos cubanos.
Gross viajó a Cuba no para trabajar con alguna organización judía sino para la USAID”.16

Por su parte, Wayne S. Smith, embajador estadounidense en Cuba entre 1979 y 1982 y director del Programa “Cuba” del Centro de Política Internacional de Washington, apunta que “Gross, en otras palabras, estaba implicado en un programa cuyas intenciones son claramente hostiles a Cuba ya que el objetivo no es nada menos que un cambio de régimen”.17
El carácter clandestino de las actividades de Gross también intrigó a las autoridades cubanas, las cuales evocaron la ayuda que recibió el empleado para introducir el material satelital. En efecto, todos los equipajes pasan por los rayos X de las aduanas cubanas y semejante mercancía habría sido detectada inmediatamente y se habría confiscado. Ello deja suponer que Gross se benefició de la ayuda de la Sección de Intereses Norteamericanos (SINA) de La Habana, representación diplomática estadounidense en Cuba, la cual probablemente se encargó de introducir los diversos equipos mediante valijas diplomáticas.

Actividades ilegales según las autoridades cubanas

Por parte de las autoridades cubanas, la versión oficial no ha convencido y Gross es sospechoso de actividades de espionaje y de subversión interna.18 Ricardo Alarcón, presidente del Parlamento cubano, afirmó que el ciudadano estadounidense había violado la legislación del país. “Él violó leyes cubanas, la soberanía nacional, cometió delitos que en Estados Unidos son muy, muy castigados”.19
En efecto, el empleado de la USAID proporcionaba equipos tecnológicos altamente sofisticados. La distribución y el uso de teléfonos satelitales están reglamentados en Cuba y está prohibido importarlos sin autorización. Por otra parte, el Artículo 11 de la Ley 88 cubana estipula que “El que, para la realización de los hechos previstos en esta Ley, directamente o mediante tercero, reciba, distribuya o participe en la distribución de medios financieros, materiales o de otra índole, procedentes del Gobierno de Estados Unidos de América, sus agencias, dependencias, representantes, funcionarios o de entidades privadas, incurre en sanción de privación de libertad de tres a ocho años”.20
Este rigor no es específico de la legislación cubana. En efecto, la ley estadounidense prevé sanciones similares para este tipo de delitos. La Ley de Registro de Agentes Extranjeros (Foreign Agents Registration Act) sanciona a todo agente no registrado por las autoridades que “en Estados Unidos solicita, recolecta, proporciona o gasta contribuciones, préstamos, dinero, u otro objeto de valor en su propio interés”, con una pena de cinco años de prisión y una multa de 10.000 dólares.21
La legislación francesa también sanciona este tipo de actuación. Según el Artículo 411-8 del Código Penal, “el hecho de ejercer, por cuenta de una potencia extranjera, de una empresa u organización extranjera o bajo control extranjero o de sus agentes, una actividad con el objetivo de conseguir o proporcionar dispositivos, informaciones, procedimientos, objetos, documentos, datos informatizados o ficheros cuya explotación, divulgación o reunión tengan la naturaleza de atentar contra los intereses fundamentales de la nación se castiga con diez años de cárcel y 150.000 euros de multa”.22
El 4 de febrero de 2011, el fiscal de la República de Cuba acusó formalmente a Alan Gross de “actos contra la integridad y la independencia de la nación”, y pidió una pena de veinte años de cárcel. El 12 de marzo de 2011, Gross recibió finalmente la sentencia de quince años de prisión tras su juicio.23 El abogado defensor, Peter J. Kahn, lamentó que su cliente estuviera “atrapado en el medio de una larga disputa política entre Cuba y Estados Unidos”.24
El New York Times recuerda que Gross “fue arrestado en diciembre pasado durante un viaje a Cuba en el marco de un programa semiclandestino de la USAID, servicio de ayuda extranjera del Departamento de Estado destinado a socavar al gobierno de Cuba”. El diario neoyorkino subraya también que “las autoridades estadounidenses han reconocido que el señor Gross entró en Cuba sin visa en regla, y han declarado que distribuía teléfonos satelitales a disidentes religiosos”.25
Desde 1992 y la adopción de la ley Torricelli, Estados Unidos admite abiertamente que su objetivo con respecto a Cuba es un “cambio de régimen” y uno de los pilares de esta política consiste en organizar, financiar y equipar a una oposición interna.26 La USAID, encargada de la administración de este plan, admite que financia a la oposición cubana en el marco de este programa. Según la Agencia, para el año fiscal 2009, la suma de la ayuda destinada a los disidentes cubanos se elevó a 15,62 millones de dólares. En total, desde 1996, se han dedicado 140 millones de dólares al programa destinado a derrocar al gobierno cubano. “La gran mayoría de esta suma se destina a individuos que se encuentran en Cuba. Nuestro objetivo es maximizar la suma del apoyo del cual se benefician los cubanos en la isla”.27
La organización gubernamental enfatiza también el siguiente punto: “Hemos formado a centenares de periodistas en un periodo de diez años cuya labor ha aparecido en grandes medios de comunicación internacionales”. Formados y estipendiados por Estados Unidos, responden ante todo a los intereses de Washington, cuyo objetivo es un “cambio de régimen” en la isla.28
Desde un punto de vista jurídico, esta realidad ubica de hecho a los disidentes que aceptan los emolumentos ofrecidos por la USAID en una situación de agentes al servicio de una potencia extranjera, lo que constituye una grave violación del código penal en Cuba. La Agencia es consciente de esta realidad y se limita a recordar que “nadie está obligado a aceptar o formar parte de los programas del gobierno de Estados Unidos”.29
Judy Gross, esposa de Alan Gross, fue autorizada a visitarlo en prisión por primera vez en julio de 2010.30 Aprovechó la ocasión para transmitir un correo al presidente cubano Raúl Castro. Expresó su arrepentimiento y pidió disculpas por los actos de su marido. “Reconozco hoy que el gobierno cubano no aprecia el tipo de trabajo que Alan hacía en Cuba. Su intención nunca ha sido dañar a su gobierno”.31
Judy Gross también expresó su amargura hacia el presidente Obama, el cual no se ha pronunciado sobre el tema. Su marido, militante demócrata, “había hecho campaña por la elección de Obama durante cinco semanas”. El presidente tampoco respondió al correo de Evelyn Gross, madre del detenido. Judy Gross acusa al Departamento de Estado de no haber explicado a su esposo que sus actividades eran ilegales en Cuba. “Si Alan hubiera sabido que algo le pasaría en Cuba, no habría hecho eso. Pienso que no lo han informado claramente de los riesgos”.32

¿Salida de crisis?


El caso Gross no augura nada bueno para la mejora de las relaciones entre ambas naciones. Por parte de Washington, como han indicado las autoridades por medio de Arturo Valenzuela, ningún cambio sustancial puede ocurrir mientras no se halle una solución a este asunto. Constituye un freno notable a los esbozos de acercamiento entre La Habana y Washington.33
El asunto Gross-USAID parece vinculado a la suerte de los cinco agentes cubanos condenados a severas penas de prisión en Estados Unidos y encarcelados desde 1998. Fueron acusados de conspiración para cometer actos de espionaje por infiltrarse en grupúsculos violentos del exilio anticastrista de Florida. Associated Press recuerda que su misión era recolectar información sobre los grupos anticastristas violentos tras una campaña de bombazos contra centros turísticos de La Habana ocurridos un año antes”.34
La Corte de Apelación de Atlanta admitió por su parte que no se trataba de un caso de espionaje ni de un atentado contra la seguridad nacional. El caso ha sido condenado por la mayoría de las organizaciones de abogados y juristas de Estados Unidos, así como por las Naciones Unidas, Amnistía Internacional y al menos diez Premios Nobel. Por parte de La Habana la posición también está clara: no puede ocurrir ningún acercamiento con Washington mientras estas cinco personas se encuentren en prisión.35
La solución más viable consistiría en efectuar un intercambio de prisioneros. De momento, frente a la presión de miembros del Congreso de origen cubano, como el senador Robert Menéndez y los representantes Ileana Ros-Lehtinen, Lincoln Diaz-Balart, Mario Díaz-Balart y Albio Sires, el Departamento de Estado ha rechazado tal eventualidad, la cual convendría a las autoridades cubanas. Pero la posición estadounidense podría evolucionar tras la severa condena que recibió Alan Gross.36
El intercambio de prisioneros, preconizado por el antiguo gobernador del Estado de Nuevo México Bill Richardson, partidario de un acercamiento, según el cual cada uno tiene que dar pasos”, permitiría saldar en parte los rencores del pasado, atenuar la mentalidad de Guerra Fría que reina en los asuntos bilaterales y abrir una vía a un verdadero restablecimiento de las relaciones entre ambas naciones.37
Revisado por Caty. R.

Notas
1 Phillip J. Crowley, «Statement on Anniversary of Alan Gross’ Incarceration in Cuba», U.S. Department of State, 3 de diciembre de 2010.
2 Jeff Franks, «Scenarios – U.S. Contractor Jailed in Cuba Still in Limbo», Reuters, 24 de octubre de 2010.
3 Phillip J. Crowley, «Statement on Anniversary of Alan Gross’ Incarceration in Cuba», op. cit.; Saul Landau, «The Alan Gross Case», Counterpunch, 30 de Julio de 2010. http://www.counterpunch.org/landau07302010.html (sitio consultado el 18 de febrero de 2011).
4 Ibid.
5 Phillip J. Crowley, «Statement on Anniversary of Alan Gross’ Incarceration in Cuba», op. cit.
6 Paul Haven, «US, Cuban Diplos Met About Jailed US Man», The Associated Press, 18 octubre 2010.
7 Anthony Boadle, «Exclusive: American Held in Cuba Expresses Regret to Raul Castro», Reuters, 24 de octubre de 2010.
8 Juan O. Tamayo, «Pedirán 20 años de cárcel para Gross», El Nuevo Herald, 5 de febrero de 2011.
9 Andrea Rodríguez, «Judíos niegan haber colaborado con Alan Gross», The Associated Press, 2 de diciembre de 2010.
10 Jewish Telegraphic Agency, «Cuba to Seek 20-Year Prison Term for Alan Gross», 6 de febrero de 2011.
11 Andrea Rodriguez, «EEUU pide iglesias de Cuba interesarse por contratista preso», The Associated Press, 2 de diciembre de 2010.
12 Jewish Telegraphic Agency, «Clinton Makes Plea for Cuban Detainee Alan Gross», 14 de julio de 2010.
13 Jeffrey Goldberg, «Castro: ‘No One Has Been Slandered More Than the Jews’», The Atlantic, 7 de diciembre de 2010. http://www.theatlantic.com/international/archive/2010/09/castro-no-one-has-been-slandered-more-than-the-jews/62566/ (sitio consultado el 18 de febrero de 2011).
14 The Associated Press, «Raul Castro Celebrates Hanukkah With Cuban Jews»; Juan O. Tamayo, «Raúl Castro asiste a fiesta de Janucá en sinagoga de La Habana», El Nuevo Herald, 6 de diciembre de 2010.
15 Comunidad Hebrea de Cuba, «Quienes ayudan». http://www.chcuba.org/espanol/ayuda/quienes.htm (sitio consultado el 18 de febrero de 2011).
16 Arturo López-Levy, «Freeing Alan Gross: First Do No Harm», agosto de 2010. http://www.thewashingtonnote.com/archives/2010/08/freeing_alan_gr/ (sitio consultado el 18 de febrero de 2011).
17 Wayne S. Smith, « The Gross Case and the Inanity of U.S. Policy », Center for International Policy, Marzo de 2011. http://ciponline.org/pressroom/articles/030411_Smith_Intelligence_Brief_Gross.htm (sitio consultado el 13 de marzo de 2011).
18 Paul Haven, «US Officials Ask Cuba to Release Jailed American», The Associated Press, 19 de febrero de 2010.
19 Andrea Rodriguez, «Contratista de EEUU violó soberanía de Cuba, dice alto dirigente», The Associated Press, 11 de diciembre de 2010.
20 Ley de protección de la independencia nacional y la economía de Cuba (LEY Nº. 88), Artículo 11.
21 U.S. Code, Title 22, Chapter 11, Subchapter II, § 611, iii «Definitions»; § 618, a, 1 «Violations; false statements and willful omissions».
22 Code Pénal, Partie législative, Livre IV, Titre Ier, Chapitre I, Section 3, Article 411-8.
23 William Booth, «Cuba Seeks 20 Years for Md. Man», The Washington Post, 5 de febrero de 2011. Paul Haven, « Cuban court convicts American Alan Gross of crimes against state; 15 year sentence », The Associated Press, 12 de marzo de 2011.
24 Paul Haven, «Cuba Seeks 20-Year Jail term for Detained American», The Associated Press, 4 de febrero de 2011.
25 Ginger Thompson, «Wife of American Held in Cuba Pleads for His Release and Apologizes to Castro», The New York Times, 24 de octubre de 2010.
26 Cuban Democracy Act, Titulo XVII, Artículo 1705, 1992.
27 Along the Malecon, «Exclusive: Q & A with USAID», 25 de octubre de 2010. http://alongthemalecon.blogspot.com/2010/10/exclusive-q-with-usaid.html (sitio consultado el 26 de octubre de 2010); Tracey Eaton, «U.S. government aid to Cuba is in the spotlight as contractor Alan Gross marks one year in a Cuban prison», El Nuevo Herald, 3 de diciembre de 2010.
28 Ibid.
29 Ibid.
30 Jessica Gresko, «US Man Jailed in Cuba Can Call Home More Often», The Associated Press, 26 de octubre de 2010.
31 Anthony Boadle, «Exclusive: American Held in Cuba Expresses Regret to Raul Castro», op. cit.; Jeff Frank, «Factbox: Jailed U.S. Contractor, Sour U.S.-Cuba Relations», Reuters, 24 de octubre de 2010.
32 Anthony Boadle, «Exclusive: American Held in Cuba Expresses Regret to Raul Castro», op. cit.
33 EFE, «EEUU no negocia liberación de Alan Gross», 8 de febrero de 2011.
34 Andrea Rodriguez, «Contratista de EEUU violó soberanía de Cuba, dice alto dirigente», op. cit.
35 Supreme Court of the United States, «Brief of Amici Curiae of José Ramos-Horta, Wole Soyinka, Adolfo Pérez Esquivel, Nadine Gordimer, Rigoberta Menchú, José Saramago, Zhores Alferov, Dario Fo, Gunter Grass, and Máeread Corrigan Maguire in support of the petition for writ of certiorari», N° 08-987, http://www.freethefive.org/legalFront/amicusnobel.pdf (sitio consultado el 12 de marzo de 2009). Véase también http://www.freethefive.org/resourceslegal.htm (sitio consultado el 12 de marzo de 2009)
36 Agence France-Presse, «Advierten sobre eventual canje de presos con EEUU», 2 de septiembre de 2010.
37 EFE, «Aseguran que liberar a Gross es beneficioso», 16 de febrero de 2011.
Doctor en Estudios Ibéricos y Latinoamericanos de la Universidad Paris Sorbonne-Paris IV, Salim Lamrani es profesor encargado de cursos en la Universidad Paris-Sorbonne-Paris IV y en la Universidad Paris-Est Marne-la-Vallée y periodista francés, especialista de las relaciones entre Cuba y Estados Unidos. Acaba de publicar Cuba: Ce que les médias ne vous diront jamais. Salim.Lamrani@univ-mlv.fr

La defensa de Alan Gross

Jesús Arboleya Cervera.- Aunque algunos medios de prensa extranjeros la calificaron de “vigorosa”, poco se ha dicho sobre la defensa legal que recibió el norteamericano Alan Gross, durante el juicio que recientemente se le celebró en Cuba y en el cual fue condenado a quince años de cárcel. Veremos entonces lo ocurrido.

Al frente de un equipo integrado por prestigiosos abogados, la defensa estuvo a cargo de la Dra. Nuris Piñero Sierra, directora del Bufete de Servicios Especializados, el cual se ocupa de procesos legales donde estén involucrados extranjeros o ciudadanos cubanos residentes en el exterior.

Calificada como “muy competente y con buena reputación” por voceros del gobierno de Estados Unidos, Piñero también representa, en calidad de asesora, a los cinco jóvenes antiterroristas cubanos que por más de una década permanecen detenidos en cárceles norteamericanas, el cual constituye el caso legal más importante del país, lo que da una idea de la valoración que se tiene en Cuba de esta abogada.

Contrario a noticias que afirman que fue “designada” por el Gobierno cubano para defender a Gross, la realidad es que Piñero fue libremente contratada por los familiares del acusado, muy probablemente por recomendación de la Sección de Intereses de Estados Unidos en La Habana, y la defensa, como es usual, se realizó de mutuo acuerdo con éste y los abogados norteamericanos que lo asistieron.

Dado que los hechos imputados a Gross, dígase “la distribución ilegal de medios de comunicación satelital, con el fin de crear redes clandestinas de información capaces de burlar el control del Estado cubano”, resultaban inobjetables toda vez que estaba demostrado que distribuyó estos artefactos entre personas opuestas al régimen y tanto la naturaleza de los mismos como su destino son punibles según la ley cubana. [Nota: también punible en EE.UU.] Al parecer, la defensa siguió la estrategia de solicitar una pena más benigna, atenuado, en primer lugar, la responsabilidad personal del acusado; lo que implicaba enfatizar la de la empresa que, al servicio del Gobierno de Estados Unidos, lo había enviado a Cuba a realizar estas misiones.

No resultó una sorpresa, por tanto, que Gross acusara a la Development Alternatives Inc. (DAI) de “haberlo puesto en peligro y arruinar la vida y la economía de su familia”. Incluso lo había pronosticado así un funcionario norteamericano especializado en el trabajo hacia Cuba, el cual, días antes del juicio, declaró que seguramente se presentaría a Gross como “víctima de la Inteligencia de Estados Unidos”. Aunque vale aclarar, ya que pudiera reflejar una traición del subconsciente del individuo, que el término “Inteligencia” no fue utilizado por ninguna de las partes, ni antes ni durante el proceso.

En segundo lugar, la defensa cuestionó la tipificación del delito presentado por la Fiscalía, la cual se basaba en la aplicación del artículo 91 del Código Penal cubano referido a los delitos contra la seguridad del Estado, y que plantea: “El que, en interés de un Estado extranjero, ejecute un hecho con el objeto de que sufra detrimento la independencia del Estado cubano o la integridad de su territorio, incurre en sanción de privación de libertad de diez a veinte años o muerte”.

Al respecto, la defensa argumentó que ello constituía un enunciado demasiado general, cuando en la legislación cubana existían otros que tipificaban con exactitud los hechos descritos por la Fiscalía para el caso; por lo que solicitó que Gross fuese juzgado bajo lo estipulado en la Ley 88, llamada de Reafirmación de la Dignidad y la Soberanía Cubanas, promulgada en diciembre de 1999, para servir de antídoto a la Ley Helms-Burton. Esta ley prevé penas mucho menores para los delitos referidos al: “Solicitar, recibir, aceptar, facilitar la distribución o beneficiarse de cualquier modo de recursos financieros, materiales o de otra índole procedentes del Gobierno de Estados Unidos o canalizados por éste, a través de sus representantes o por cualquier vía, relacionados con la Ley Helms-Burton está igualmente sujeto a sanciones”.

Leyes parecidas fueron aprobadas en muchos países para contrarrestar el alcance extraterritorial de la ley norteamericana y en Cuba fue ratificada por la Asamblea Nacional del Poder Popular con gran destaque propagandístico. Nunca antes había sido propuesta como base jurídica para juzgar un caso en los tribunales cubanos, por lo que resultó una iniciativa inédita de la defensa de Gross, sentando un precedente legal que demuestra el cuidado y la competencia con que se estudió el caso.

Con base en estos argumentos, la defensa solicitó rebajar la pena solicitada a siete años de cárcel y con este propósito presentó testigos y peritos e interrogó a los presentados por la Fiscalía, incluso, según fuentes presentes en el juicio, cuestionó la pertinencia legal de algunas pruebas presentadas por los fiscales, obtenidas mediante la revelación de informaciones contenidas en el pendrive o “memoria flash” confiscada al acusado.

El juicio, por tanto, se desarrolló en estricto apego a la ley cubana y aunque, como ocurre muchas veces, la defensa no logró que todas sus demandas prosperaran en el proceso, actuó a tenor de la ética que se exige en estos casos y, con probabilidad, logró influir para atenuar la condena dictada. Tales argumentos, por demás, sirven de base a la apelación que seguramente se elevará al Tribunal Supremo de la República, dando continuidad a un proceso que aún no ha concluido.

Tomado de Progreso Semanal