Cuba decreta regulaciones sobre ocupación y confiscación de bienes por corrupción

El Consejo de Ministros emitió el Decreto No. 313, relativo a los procedimientos que se deben seguir con los bienes que se ocupan en procesos penales y confiscatorios administrativos, informó Juventud Rebelde y reseñó Efe.

La norma publicada este jueves en la web de la Gaceta Oficial está firmada por el presidente cubano, Raúl Castro, y constituye un nuevo paso para organizar la lucha contra la corrupción.

En concreto, la ley busca unificar en una sola norma la "responsabilidad" de las diferentes instituciones estatales con los bienes ocupados en "procesos confiscatorios administrativos" por delitos de corrupción, droga o enriquecimiento indebido, entre otros.

Además, tiene el objetivo de "evitar altas permanencias de los bienes depositados con las consiguientes afectaciones para la economía nacional".

El decreto regula así "cómo se traspasan a favor del Estado los bienes depositados" y las reglas para su depósito, conservación y devolución, en caso de que corresponda.

De ese modo, el Gobierno ha dividido la responsabilidad de las diferentes entidades "depositarias" según la categoría de los bienes.

El Banco Central de Cuba, por ejemplo, se hará cargo del dinero en efectivo, joyas, metales preciosos e instrumentos de créditos; el Ministerio del Interior de armamentos, explosivos, alarmas y cajas de seguridad, entre otros; y el Ministerio de la Agricultura de animales, producciones y maquinarias.

Los otros ministerios con responsabilidad en ese sentido serán los de Cultura, Energía y Minas, Comunicaciones, Salud Pública, Industrias y Comercio Interior.

Una ley anterior de mayo pasado establece que el importe de la comercialización de los bienes decomisados o confiscados durante procesos penales se abona al presupuesto del Estado.

Según la Contraloría General de Cuba, los delitos de corrupción más frecuentes en el país son el soborno, el fraude, la evasión fiscal y el tráfico de influencias.

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