Diez razones de las mujeres cubanas para ser libres

"…la máxima participación de la mujer, en igualdad de condiciones con el hombre,
 en todos los campos, es indispensable para el desarrollo pleno y completo de un país, 
el bienestar del mundo y la causa de la paz." 
Fidel Castro Ruz

Norelys Morales Aguilera.- Casi la mitad de la población cubana son mujeres, las cuales representan el 43% del parlamento, constituyen el 65% de las graduadas universitarias, el 46 % de la fuerza laboral, el 66 % del personal técnico y profesional del país y el 48 % en la investigación científica. Además, son más de la mitad, el 52%, en las misiones internacionalistas de cooperación. La esperanza de vida de las cubanas es de 80,2 años, cuatro más que los hombres.

Las políticas públicas de Cuba estipulan favorecer a las mujeres y eliminar las barreras culturales, ideológicas, psicológicas, económicas y sociales que mantuvieron a las mujeres en condiciones de subordinación y marginación.

A modo de resumen, estas son diez razones para que las mujeres cubanas sean libres:

1. Derecho a combatir los prejuicios y estereotipos sexistas heredados de una cultura patriarcal.

2. Derecho a aportar a la economía, la ciencia, la educación y la política.

3. Acceso igualitario y gratuito a los distintos niveles de enseñanza.

4. Gratuidad de los servicios de salud con programas específicos para el género.

5. Promoción y el empoderamiento femenino según los Objetivos del Milenio de la ONU.

6. El derecho de construir una sociedad superior para ellas y sus hijos.

7. Fortalecer la familia como recoge el Código de Familia cubano mediante la Ley No. 1289 del 14 de febrero de 1975.

8. Derecho a recibir salarios iguales a los de los hombres según desempeño.

9. Derecho a ser protegidas por la Ley de Maternidad para percibir salario y otros beneficios.

10. El estado cubano está comprometido a cumplir y cumple, la Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer de la ONU, según la cual ellas tienen:

• El mismo derecho para contraer matrimonio.
• El mismo derecho para elegir libremente cónyuge y contraer matrimonio sólo por su libre albedrío y su pleno consentimiento.
• Los mismos derechos y responsabilidades durante el matrimonio y con ocasión de su disolución.
• Los mismos derechos y responsabilidades como progenitores, cualquiera que sea su estado civil, en materias relacionadas con sus hijos; en todos los casos, los intereses de los hijos serán la consideración primordial.
• Los mismos derechos a decidir libre y responsablemente el número de sus hijos y el intervalo entre los nacimientos y a tener acceso la información, la educación y los medios que les permitan ejercer estos derechos.
• Los mismos derechos y responsabilidades respecto de la tutela, custodia y adopción de los hijos.
• Los mismos derechos personales como marido y mujer, entre ellos el derecho a elegir apellido, profesión y ocupación.
• Los mismos derechos en materia de propiedad, compras, gestión, administración, goce y disposición de los bienes, tanto a título gratuito como oneroso.

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