Juana Carrasco Martín.─ ¿Será que lo no hecho por otros tres presidentes de EE. UU. en 22 años se ejecutará en una trumpada? Este miércoles, el Departamento de Estado anunció que prorrogaba por solo 45 días el Título III de la Ley Helms-Burton, un avance de que existe la posibilidad de su puesta en vigor. Y no es nada insignificante en cuanto a endurecer el bloqueo contra Cuba se trata.
Bill Clinton, George W. Bush (el hijo) y Barack Obama —desde que el primero firmó el 12 de marzo de 1996 la llamada rimbombantemente Ley de la Libertad Cubana y Solidaridad Democrática—, cada seis meses, decidían no sacar a la palestra la estipulación que permitiría llevar ante tribunales federales, las demandas de nacionales estadounidenses contra todo extranjero que «trafique» con propiedades estadounidenses que fueron legítimamente nacionalizadas por Cuba en la década de 1960. Incluyeron en esa categoría a los cubanos naturalizados como estadounidenses cuyas propiedades fueron confiscadas tras el triunfo de la Revolución, una cófrade donde pueden encontrarse a personeros del batistato, a usurpadores, ladrones y corruptos, enriquecidos al amparo de la dictadura y de otros Gobiernos deshonestos, «cuyas supuestas propiedades nadie ha certificado», como señala la Declaración del Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba que acaba de rechazar la nueva amenaza del Gobierno de Trump.
Por una decisión de no suspender el Título III abogaban desde hace rato los legisladores miamenses y otros anticubanos, y la llegada a la Casa Blanca como Consejero de Seguridad Nacional, del Cubafóbico, John Bolton, y la designación del exjefe CIA, Mike Pompeo, como secretario de Estado, les abrió la puerta para amagar sobre semejante desbarre, que significa —además de violar la soberanía de la Isla— demandar a compañías extranjeras con presencia en Estados Unidos que tienen negocios en Cuba que involucran a las mencionadas empresas.
La Helms-Burton y su codificación del bloqueo económico, comercial y financiero contra Cuba ha sido rechazada de manera casi unánime por la comunidad internacional, y en específico el Título III, que atenta también contra los intereses y la soberanía de otros Estados que no son parte de la confrontación de las administraciones de Washington contra la Revolución Cubana, violaciones incontestables del Derecho Internacional.
El bloqueo unilateral —iniciado oficialmente por John F. Kennedy el 7 de febrero de 1962, cumpliendo el mandato que le había encomendado el Congreso de Estados Unidos, mediante la Sección 620a de la Ley de Ayuda Extranjera, de septiembre de 1961—, y que la Helms- Burton recrudeció y solidificó como ley, ha generado daños a la Isla equivalentes a 933 mil 678 millones de dólares, según el último informe del Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba.
Si Trump saca del congelador el Título III pondría otra pesada piedra en el camino del desarrollo cubano y de la convivencia civilizada que una vez pareció dar los primeros pasos, durante la administración de Barack Obama, y cuya expresión más evidente fue la reapertura de las Embajadas en Washington y La Habana.
Sin embargo, el dueño de Mar-a-Lago está mostrando preferencia hacia sus vecinos pendencieros de Miami antes de cualquier posibilidad de normalización, una posición que daña también los intereses de importantes sectores económicos de Estados Unidos, como los agricultores, por citar solo uno.
Los inventos propagandísticos con chirridos de grillos, las expulsiones sin razón de diplomáticos, el cierre práctico de actividades consulares señalan la intención de cementar con muy malas intenciones, de mayores peligros y consecuencias.
Pero el señor de la Casa Blanca ha mostrado más de una vez el poco caso que hace a sus socios más cercanos del Norte hemisférico y de la Europa allende el Atlántico, y no le importa castigar también a sus empresas con el bloqueo, a pesar de ser una política fallida en su propósito de destruir la Revolución Cubana y doblegar al pueblo, como ha quedado demostrado en 60 años de lucha y resistencia.
Dentro de 45 días podremos ver cuál será la posición frente al Título III, que abre la posibilidad de demandas civiles de cubanos convertidos en ciudadanos estadounidenses y estas se agregarían a las que la Comisión de Ajuste de Reclamaciones en el Extranjero de Estados Unidos había certificado hasta el 6 de julio de 1972, un tema que —al igual que la demanda cubana por daños y perjuicios provocados por el bloqueo y las agresiones, sabotajes y atentados cometidos por Estados Unidos contra Cuba y los ciudadanos de nuestro país— ha estado sobre la mesa de las conversaciones que tendían a hacer avanzar la normalización de las relaciones.
Sin embargo, Trump ha ido, paso a paso, poniendo en práctica lo que anunciara el 16 de junio de 2017, en un discurso pronunciado en Miami, un cambio de política hacia Cuba «con efecto inmediato», revirtiendo lo alcanzado y enfatizando en el recrudecimiento del bloqueo.
Recordando una ley antídoto
La Helms-Burton, como claro proyecto genocida, pretendió negar la existencia de Cuba como Estado soberano, globalizar el bloqueo con sanciones y amenazas ilegales a terceros, asfixiarnos económicamente y aumentar nuestras dificultades hasta ponernos de rodillas.
Entre sus propósitos y objetivos centrales ha estado entorpecer las relaciones económicas, comerciales y financieras de nuestra nación con terceros países y afectar la capacidad de atraer inversión directa de capital extranjero para el desarrollo. Entonces, Cuba aprobó la Ley Número 80, Ley de Reafirmación de la Dignidad y Soberanía Cubana, conocida también como la Ley Antídoto, que refrendó la Asamblea Nacional del Poder Popular, en su sesión del día 24 del mes de diciembre de 1996, «Año del Centenario de la Caída en Combate de Antonio Maceo», correspondiente al VII Período Ordinario de Sesiones de la Cuarta Legislatura.
El pueblo cubano postulaba entonces la condena a la Helms-Burton y el rechazo casi unánime de la comunidad internacional, precisamente por su carácter violatorio de los principios de las Naciones Unidas, por su aplicación extraterritorial, por contradecir las normas del Derecho Internacional y por la ilegalidad evidente de pretender que las ordenanzas de Estados Unidos se cumplan por otros Estados.
Nuestra Ley Antídoto de 1996 reafirmaba la disposición del Gobierno de la República de Cuba, expresada en las leyes de nacionalización «en lo relativo a una adecuada y justa compensación por los bienes expropiados a las personas naturales y jurídicas que en ese momento ostentaban la ciudadanía o nacionalidad de los Estados Unidos de América» y también se aclaraba que «podrán formar parte de un proceso negociador entre el Gobierno de los Estados Unidos de América y el Gobierno de la República de Cuba, sobre la base de la igualdad y el respeto mutuo».
Aun sin aplicar el Título III, la ley firmada por Clinton sanciona a empresas extranjeras que hacen negocios en Cuba, las castiga con multas, incluso niega el ingreso a Estados Unidos de directivos de esas empresas y hasta sus familiares en algunos casos. Sin embargo, un número importante de empresarios extranjeros demostraron su confianza en Cuba y esto molesta a los anticubanos de la Florida y a los neoconservadores de la actual administración en la Casa Blanca, que intentan frenar nuevas inversiones y retroceder a las establecidas.
Recordemos que en el mismo año de inicio de la cruel legislación, la Unión Europea (UE) estableció el reglamento de bloqueo 2271/96 y amenazó con presentar a su vez una demanda ante la Organización Mundial del Comercio y prohibió a las empresas de las naciones del Viejo Continente cumplir con el bloqueo estadounidense a la Isla. Eso fue suficiente para que Estados Unidos cediera y no aplicara el injerencista Título III.
Es interesante conocer que mucho más cercano en el tiempo, cuando Trump anunció las sanciones estadounidenses contra Irán, el presidente de la Comisión de la UE, Jean-Claude Juncker, informó que el «estatuto de bloqueo» de 1996 sería revisado, complementado y estaría disponible casi de inmediato para evitar afectaciones por las sanciones de Estados Unidos contra Irán.
La Declaración del Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba dada a conocer este 17 de enero de 2019, tal y como se ha hecho a lo largo de nuestra historia revolucionaria, no cierra puertas, reitera la disposición de Cuba de hallar una solución a las reclamaciones y compensaciones mutuas. Porque el Tribunal Popular Provincial de La Habana, el 2 de noviembre de 1999, declaró Con Lugar la Demanda contra el Gobierno de Estados Unidos por Daños Humanos y lo sancionó a reparar e indemnizar al pueblo cubano en la cuantía de 181 100 millones de dólares y, el 5 de mayo de 2000, también por Daños Económicos ocasionados a Cuba y lo sentenció a indemnizar el valor de 121 000 millones de dólares. Tenemos buena memoria.
Si piensan que van a usurparnos nuestras viviendas, centros de trabajo, las escuelas de nuestros hijos, policlínicos y hospitales, las riquezas de la nación, agrícolas e industriales, recursos mineros, la ciencia y la tecnología, como planteó el aberrante Plan Bush, recordado por la Declaración del Minrex, también esta expresa lo que es de conocimiento consciente de los cubanos:
«Para nuestro pueblo, implica encarar una vez más, de manera firme, consciente y contundente, el empeño del imperialismo estadounidense en someter a su dominio y tutelaje los destinos de la Nación cubana».
Si la aplicación del Título III de la Helms-Burton está en fase de incertidumbre, hay un pronóstico seguro: un fracaso más en el récord presidencial de la administración de Donald Trump. Como concluye la Declaración: «El Gobierno de Cuba se reserva el derecho de responder oportunamente a esta nueva agresión». El pueblo de Cuba también…
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